El Tribunal Supremo Electoral (TSE) anunció hoy que el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera, ambos del Movimiento al Socialismo (MAS), están habilitados para participar en las elecciones primarias del próximo 27 de enero.
El TSE dio cumplimiento a la Sentencia Constitucional 0084/2017 que fue emitida el pasado 28 de noviembre de 2017, que permite una nueva repostulación a Morales y García Linera, pese a que la Constitución Política del Estado (CPE) lo prohíbe.
El Órgano Electoral no dio cumplimiento al Referendo Constitucional de 2016, en el que la población boliviana rechazó la modificación del artículo 168 de la CPE y se impuso el No a la reelección de ambos mandatarios, con un 51 por ciento de los votos.
El fallo del TCP declara “la aplicación preferente del artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos por ser la norma más favorable en relación a los derechos políticos”.
Asimismo, dicta la inconstitucionalidad de los siguientes artículos de la Ley del Régimen Electoral: 52.III en la expresión “por una sola vez de manera continua”; 64 inciso d), 65 inciso b), 71 inciso c) y 72 inciso b) en el enunciado “de manera continua por una sola vez”.
La Constitución Política del Estado permite sólo dos mandatos consecutivos. Morales y García Linera ganaron las elecciones de 2005 con el 53% de los votos y de 2009 con el 64%.
Sin embargo, pudieron presentarse a una tercera candidatura el año 2014, también por un fallo del TCP que señaló que Bolivia fue refundada con la nueva Carta Magna que el mismo mandatario puso en vigencia en 2009 y por lo tanto no se contempló el mandato del periodo 2006-2009. El 2014 Morales y García Linera ganaron con el 61% de los votos.
Fuente: Los tiempos
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