La dirigencia del Movimiento Al Socialismo (MAS) en Santa Cruz presentó una denuncia penal por racismo y discriminación en contra de Gina Foianini, quien el pasado viernes lanzó un escupitajo al vicepresidente Álvaro García Linera cuando la autoridad visitaba a los heridos de una explosión de un gasoducto en Villamontes.
“La estamos denunciado por discriminación y racismo, que tiene una pena de tres a siete años, nosotros pedimos a la señora Gina Foianini que se entregue a la justicia. Pedirle al Ministerio Público, al comandante departamental que inmediatamente aprehendan a esta señora porque es un peligro para la sociedad, es un peligro para la ciudadanía cruceña”, dijo Rolando Cuellar, dirigente de las juventudes del MAS, tras presentar la denuncia en la Fiscalía.
El hecho ocurrió, el pasado viernes cuando García se encontraba en la clínica Foianini visitando a los heridos por el incidente en Villamontes. “Esta señora provechando que es hermana del dueño de la clínica, fue y escupió a nuestro hermano Vicepresidente con un dejo de odio y racismo”, recordó Cuellar.
El Defensor del Pueblo, David Tezanos, descalificó el accionar de Foianini y sostuvo que ese tipo de actitudes van en contra de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Además que se trata de un abuso de las libertades y derechos que otorga un ambiente democrático.
“Solo habla mal de quien hizo ese atentado horrendo contra el honor de un alto dignatario y del nivel de quienes alientan ese tipo de injurias, haciendo gala de ignorancia y de pobreza intelectual para discutir ideas. Habla de una democracia de la que precisamente quienes la cuestionan abusan de los derechos y las libertades políticas”, manifestó Tezanos, según nota de prensa institucional.
Puntualizó que el escupir a alguien es un acto fuera del derecho a las manifestaciones pacíficas, contrario al artículo 30 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y que de acuerdo al artículo 287 del Código Penal y a la jurisprudencia boliviana constituye injuria de hecho, sancionable con pena privativa de libertad de tres a siete años a quien “por cualquier medio y de un modo directo ofendiere a otro en su dignidad o decoro”.
El artículo 30 de la Declaración Universal de Derechos Humanos señala que: “Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración”.
Fuente: Cambio
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